Oaxaca de Juárez, Oax.– La Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado de Oaxaca aprobó, en la sesión extraordinaria GP-118 celebrada el 23 de septiembre de 2025, tres dictámenes con proyectos de decreto que reforman leyes en materia de financiamiento municipal, movilidad y transporte, y arbitraje médico. La sesión inició con la aprobación del acta de la sesión anterior y continuó con los siguientes puntos del orden del día:

- Reformas al Decreto 305 sobre financiamiento municipal
La Comisión Permanente de Hacienda presentó y se aprobó el dictamen que reforma el cuarto párrafo, fracciones I y II, del artículo segundo del Decreto 305 (del 10 de febrero de 2025). La modificación autoriza a los 570 municipios de Oaxaca a gestionar y contratar financiamientos con instituciones del sistema financiero mexicano que ofrezcan las mejores condiciones de mercado. Como garantía de pago, se permite afectar hasta el 25% de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FAISMUN) y de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal. Los municipios podrán celebrar mecanismos de pago de créditos bajo los términos, plazos y características establecidos en el decreto. - Reformas a la Ley de Movilidad para el Estado de Oaxaca
La Comisión Permanente de Movilidad y Transportes dictaminó favorablemente la reforma de diversos artículos de la Ley de Movilidad, incluyendo la fracción LVIII del artículo 4, fracción VIII del artículo 6, artículo 60, Capítulo III del Título Quinto, artículos 85, 88 y 215, entre otros. Se adicionan nuevas fracciones y párrafos para fortalecer el marco normativo en materia de transporte, autorizaciones, procedimientos y reglas generales. El proyecto busca actualizar y mejorar la regulación del sector en el estado. - Reformas a la Ley que Crea la Comisión Estatal de Arbitraje Médico de Oaxaca
La Comisión Permanente de Salud presentó el dictamen que reforma los artículos 9, 10, 11 (primer párrafo y fracción V), 17 (primer párrafo, fracciones III y IV), y adiciona la fracción VI al artículo 11 (recorriendo la subsecuente), así como los artículos 12 Bis, 12 Ter y fracción V al artículo 17. Las modificaciones buscan fortalecer el funcionamiento y las atribuciones de la Comisión Estatal de Arbitraje Médico.
El orden del día publicado en la Gaceta Parlamentaria está sujeto a modificaciones y aprobación definitiva por la Mesa Directiva hasta antes del inicio de la sesión. Los proyectos de decreto aprobados serán enviados al Ejecutivo estatal para su promulgación y publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca, de conformidad con el procedimiento legislativo.

(Tuxtepec, Oaxaca, 2000) es creador de contenido y difusor cultural enfocado en la historia, identidad y patrimonio de la región del Papaloapan. Es Licenciado en Relaciones Internacionales por la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla y actualmente cursa la Maestría en Administración en el Instituto Tecnológico de Tuxtepec.
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