San Juan Bautista Tuxtepec, OAX. – El Órgano Garante de Acceso a la Información Pública, Transparencia, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca (OGAIPO) declaró fundado un recurso de revisión en contra del H. Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec. La resolución obliga a las autoridades municipales a romper la opacidad y entregar de manera inmediata información relacionada con el otorgamiento de una pensión vitalicia.
El expediente RRA 573/25, bajo la ponencia del comisionado Lic. Josué Solana Salmorán, expone que la administración municipal ignoró los plazos legales para responder a una solicitud ciudadana, incurriendo en una omisión administrativa.
El origen del reclamo
El conflicto legal comenzó el pasado 22 de agosto de 2025, cuando un particular presentó un escrito ante la Coordinación de Recursos Humanos de Tuxtepec. Amparado en el derecho de petición, el ciudadano solicitó formalmente copia digital de los siguientes documentos:
- El nombramiento y dictamen de una pensión vitalicia vinculada al número de oficio CRH/3794/2024.
- El expediente correspondiente al número de cobro 11038.
- Todos los recibos de pago emitidos durante el año 2025.
Tras vencerse el plazo de diez días hábiles que la ley otorga a las Unidades de Transparencia para responder, el ayuntamiento tuxtepecano no generó ninguna contestación o justificación legal. Ante el silencio institucional, el afectado interpuso el recurso de revisión el 12 de septiembre de 2025.

Opacidad e Indiferencia Municipal
La resolución detalla que el desinterés de la autoridad de Tuxtepec persistió durante el proceso de investigación. El 23 de septiembre de 2025, el OGAIPO notificó al ayuntamiento y le otorgó un plazo de cinco días hábiles para presentar sus alegaciones o pruebas de respuesta. Sin embargo, el sujeto obligado dejó vencer el término sin realizar manifestación alguna, precluyendo su derecho y haciendo presumir como ciertos los actos de opacidad reclamados.
El pleno del órgano garante aclaró que, si bien el recurrente pretendió ampliar su queja exigiendo nóminas de los años 2021, 2023 y 2024 al momento de impugnar, la ley desecha los nuevos contenidos, por lo que la orden de entrega se limitó estrictamente a lo peticionado originalmente (el dictamen de la pensión y los recibos de 2025).
Vía libre a sanciones administrativas
Debido a que la falta de respuesta vulneró el derecho humano de acceso a la información pública, el OGAIPO ordenó dar vista a la Dirección de Asuntos Jurídicos del propio instituto. El objetivo es dar conocimiento formal al Órgano de Control Interno del Ayuntamiento de Tuxtepec para que inicie los procedimientos de responsabilidad administrativa y finque las sanciones correspondientes en contra del servidor público que resultó responsable de ignorar la solicitud.
El H. Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec dispone de un plazo improrrogable de diez días hábiles para dar cumplimiento total a la entrega de los documentos a su propia costa. De persistir el desacato, la Secretaría General de Acuerdos del órgano garante se encuentra facultada para aplicar las medidas de apremio y multas contempladas en la legislación local.

(Tuxtepec, Oaxaca, 2000) es creador de contenido y difusor cultural enfocado en la historia, identidad y patrimonio de la región del Papaloapan. Es Licenciado en Relaciones Internacionales por la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla y actualmente cursa la Maestría en Administración en el Instituto Tecnológico de Tuxtepec.
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