Tuxtepec declara “cero corrupción” en Tránsito Municipal: Transparencia revela ausencia de quejas, nulas investigaciones y veto a bitácoras de asistencia

SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC, OAX. – La Dirección de Tránsito y Vialidad Municipal de San Juan Bautista Tuxtepec opera administrativamente bajo una suerte de “burbuja de perfección”. A través del oficio resolutivo DTAI/416/2026, emitido el pasado 23 de junio de 2026 en respuesta a la solicitud de información pública folio 1641173326000079, el Ayuntamiento local declaró que en los últimos 18 meses de gestión no se ha registrado un solo caso de corrupción, no existen investigaciones internas en curso, se han recibido exactamente cero quejas ciudadanas formales y la administración no ha pagado un solo peso por concepto de horas extras a sus agentes.

La desclasificación del expediente no solo revela un panorama impecable que contrasta con la habitual percepción ciudadana sobre el desempeño de los elementos de tránsito en las calles, sino que expone el uso de la Ley General de Protección de Datos Personales para “congelar” y negar el acceso a los registros físicos de asistencia, bitácoras de horarios y roles de servicio de la corporación.

El expediente impecable: Cero denuncias, cero bajas por extorsión

A pesar de los constantes debates y quejas que circulan de manera cotidiana en redes sociales y medios de comunicación respecto al criterio de aplicación de multas y el actuar de los elementos viales en el casco urbano de Tuxtepec, la Unidad de Transparencia municipal asentó de manera categórica que, legalmente, la corporación cuenta con una hoja de servicios limpia de sospechas.

Al responder de manera consecutiva a los puntos tercero, cuarto, quinto, sexto y séptimo de la solicitud, la autoridad municipal admitió de forma oficial la inexistencia de antecedentes punitivos o administrativos internos:

“Derivado de una búsqueda exhaustiva y minuciosa en los archivos de las áreas competentes, no se encontró que algún elemento adscrito a la Dirección de Tránsito y Vialidad Municipal haya sido dado de baja por presuntos actos de corrupción durante el periodo comprendido de 2025 a la fecha presente… no obra información alguna sobre la interposición legal y oficial de denuncias ciudadanas… ni obran investigaciones internas relacionadas con dichos actos”, suscribe textualmente la resolución del comité de transparencia.

Este blindaje documental significa que, ante los ojos de la contraloría municipal vial, ningún agente de tránsito ha sido señalado, sancionado o investigado por extorsión, cohecho o malas prácticas en lo que va del trienio.

El veto a las bitácoras: Horarios de entrada y salida declarados “datos sensibles”

Uno de los puntos más controvertidos de la resolución radica en la negativa del Ayuntamiento de Tuxtepec para entregar copias digitales de los registros de asistencia, relojes checadores o reportes de jornada laboral de los oficiales de tránsito durante los años 2025 y 2026 (Punto Décimo).

La Dirección de Tránsito admitió que el personal sí registra diariamente su asistencia, pero argumentó que dicha información debe ser reservada en su totalidad debido a que conocer las horas exactas de entrada, salida y relevos de los agentes pone en riesgo la intimidad y la seguridad de los funcionarios, clasificándolos como datos personales altamente sensibles.

Basándose en los artículos 2, 3, 4 y 8 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, el Ayuntamiento argumentó:

“La información de historial de relojes, al contener datos personales como lo son los horarios de entrada y salida de una persona, son considerados información personal sensible, ya que revelan patrones de comportamiento y ubicación… El no garantizar el derecho a la protección de dicha información acarrearía la responsabilidad del uso indebido de estos datos, pudiendo llevar a cualquier persona servidora pública a situaciones evidentes de riesgo, violando además su derecho a la intimidad”.

Especialistas en derecho a la información señalan que este criterio constituye un precedente cuestionable, ya que las bitácoras y listas de asistencia de los cuerpos de seguridad pública y vialidad suelen ser consideradas información de interés público para auditar si los servidores de la nómina municipal están cumpliendo efectivamente con las jornadas por las que perciben un salario del erario.

Trabajo extraordinario sin retribución: “Cero pesos en horas extras”

Otro de los hallazgos críticos del desglose presupuestario de la corporación radica en las compensaciones económicas. A pesar de los operativos nocturnos de fin de semana, la cobertura de desfiles, procesiones religiosas como las Fiestas Patronales, y las jornadas prolongadas bajo el abrasador clima de la Cuenca, el Ayuntamiento reportó que los agentes de tránsito no reciben retribución alguna por laborar jornadas que excedan las estipuladas por la ley.

Al ser cuestionados sobre los montos mensuales erogados por horas extras (Punto Noveno), la autoridad municipal respondió de manera escueta:

“Esta administración municipal no ha expedido pago alguno por concepto de horas extras al personal adscrito a la Dirección de Tránsito y Vialidad Municipal durante el periodo comprendido del 2025 a la fecha presente”.

Opacidad en la nómina y reenvío a enlaces generales

Finalmente, en lo concerniente al número total de elementos activos en la corporación vial y la relación oficial de altas y bajas del personal en el último año y medio, la Unidad de Transparencia de Tuxtepec optó por no entregar los documentos de manera física o digital directa. En su lugar, amparándose en la legislación local de transparencia, remitió al ciudadano a realizar una búsqueda manual en los apartados genéricos del primer trimestre de 2026 de su portal web oficial.

Asimismo, la resolución aclaró que únicamente los mandos medios o superiores (como los jefes de departamento o directores) cuentan con nombramientos formales impresos, mientras que los elementos de tropa o agentes operativos ingresan bajo procesos administrativos ordinarios de la Dirección de Recursos Humanos, cuyos contratos individuales se encuentran clasificados y protegidos bajo candados de confidencialidad, impidiendo comprobar el perfil o las cualificaciones de quienes ordenan el flujo vehicular en las calles de la ciudad.


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