SAN JUAN BAUTISTA TUXTEPEC, OAX. – El Órgano Garante de Acceso a la Información Pública, Transparencia, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca (OGAIPO) emitió un fallo definitivo en el que ordena al H. Ayuntamiento de San Juan Bautista Tuxtepec hacer pública la información detallada sobre la recaudación fiscal empresarial del ejercicio 2025.
La resolución, integrada en el expediente RRA 567/25 bajo la ponencia del comisionado Lic. Josué Solana Salmorán, declaró fundado el recurso de revisión interpuesto por un ciudadano ante la opacidad y el silencio de las autoridades municipales.
El desglose fiscal que el Ayuntamiento ocultó
La controversia legal comenzó el pasado 20 de agosto de 2025, cuando un particular ingresó una solicitud formal a través de la Plataforma Nacional de Transparencia (Folio 201173325000110). En dicho requerimiento, el peticionario exigió al gobierno municipal cuentas claras respecto a los ingresos obtenidos por el sector empresarial, solicitando específicamente:
- El número total de fábricas y empresas establecidas en Tuxtepec que han pagado impuestos durante la administración en curso.
- El nombre o razón social de cada una de las industrias y comercios cumplidores.
- Los montos exactos pagados por cada corporativo, detallando las fechas o periodos en que se efectuaron las transacciones durante el ejercicio fiscal 2025.
- Un informe detallado e inventario por escrito de todos los ingresos fiscales captados por este concepto y de las empresas registradas ante el Ayuntamiento.
A pesar de que la ley local otorga un plazo máximo de diez días hábiles para dar respuesta, la Unidad de Transparencia de Tuxtepec ignoró el trámite y dejó vencer el término sin proporcionar los datos. Ante la negligencia institucional, el afectado interpuso el recurso de revisión el 10 de septiembre de 2025.

Indiferencia ante la Ley de Transparencia
El documento del OGAIPO revela que la conducta omisa de la autoridad municipal persistió a lo largo del proceso. El 23 de septiembre de 2025, la ponencia instructora notificó formalmente al Ayuntamiento de Tuxtepec para que rindiera su informe justificado y explicara la falta de respuesta. Sin embargo, el sujeto obligado dejó transcurrir los cinco días correspondientes sin pronunciarse, perdiendo su derecho de defensa y haciendo presumir como ciertos los señalamientos de opacidad del recurrente.
El pleno del órgano garante determinó que la información solicitada es de carácter estrictamente público, ya que emana del ejercicio de las funciones de derecho público y de la obligación constitucional de rendir cuentas sobre el erario.

Último plazo y orden de sanción administrativa
Derivado de esta violación al derecho humano de acceso a la información, el Consejo General del OGAIPO ordenó al Ayuntamiento de Tuxtepec entregar de manera total, y a su propia costa, el inventario y reporte financiero inicialmente requerido. Para dar cumplimiento a esta orden, las autoridades locales disponen de un término improrrogable de diez días hábiles.
Asimismo, el dictamen mandata dar vista a la Dirección de Asuntos Jurídicos del órgano garante a fin de notificar al Órgano de Control Interno del propio Ayuntamiento de Tuxtepec. Esto tiene como objetivo iniciar formalmente los procedimientos de responsabilidad administrativa para fincar las sanciones correspondientes contra el servidor público encargado de la Unidad de Transparencia por incumplir con los plazos de atención previstos en la ley.

(Tuxtepec, Oaxaca, 2000) es creador de contenido y difusor cultural enfocado en la historia, identidad y patrimonio de la región del Papaloapan. Es Licenciado en Relaciones Internacionales por la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla y actualmente cursa la Maestría en Administración en el Instituto Tecnológico de Tuxtepec.
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